Sello T de Buenas Prácticas Laborales
Estimados clientes y amigos,
Ponemos en su conocimiento que, en virtud del Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2021-165, los empleadores del sector privado podrán obtener Sello T de Buenas Prácticas Laborales. Esta certificación será expedida por el Ministerio del Trabajo, como reconocimiento a los empleadores que cumplan con sus obligaciones laborales y disposiciones normativas.
- Duración:
- El SELLO T, tendrá vigencia de dos años contados a partir de su emisión. Podrá ser renovado por igual periodo y cuantas veces se requiera siempre y cuando el empleador cumpla con los requisitos establecidos.
- Solicitud:
- El empleador presentará su solicitud en el portal del Sistema Único de Trabajo del Ministerio de Trabajo (SUT) con el formulario de diagnóstico de cumplimiento.
- El Ministerio solicitará de manera física o virtual la información de respaldo, entre otros lo siguiente:
- Aviso de entrada al IESS.
- Justificativo del pago de los fondos de reserva.
- Justificativo de la entrega de útiles, instrumentos y materiales para la ejecución del trabajo.
- Justificativo de aviso de variación de sueldo por horas suplementarias, extraordinarias o jornada nocturna realizadas al IESS.
- Haber realizado una capacitación a todo el personal sobre igualdad de género, así como el compromiso de realizar capacitaciones anuales después de la obtención del SELLO T.
* Estas obligaciones variarán dependiendo del número de trabajadores.
- Proceso de verificación:
- Los Inspectores de Trabajo revisarán la documentación enviada, y realizarán de oficio la verificación del cumplimiento de las siguientes obligaciones:
- Reglamento Interno de Trabajo
- Reglamento Interno de Higiene y Seguridad
- Contratos registrados en el Sistema Único de Trabajo
- Actas de finiquito registradas en el Sistema Único de Trabajo
- Certificado de Cumplimiento de Obligaciones generado por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social
- Certificación de no tener multas pendientes de pago en el Ministerio del Trabajo
- Constancia de pago y formulario de los beneficios sociales y utilidades debidamente registrado en el Ministerio del Trabajo.
4. Beneficios del SELLO T:
- Durante la vigencia del SELLO T, no se realizarán:
- inspecciones de oficio a los empleadores
- El empleador podrá notificar al Ministerio del Trabajo los acuerdos a los que llegare con sus trabajadores, sindicatos, comités de empresa, o con cualquier organización
- Atención prioritaria en los siguientes procesos:
- Requerimientos relacionados al Sistema Único de Trabajo
- Unificación de utilidades
- Atención a consultas
- Requerimientos relacionados a la Red Socio Empleo
5. Igualdad de género:
- Se verificará que las empresas solicitantes hayan incrementado en su nómina la contratación de mujeres en un cinco por ciento (5%) respecto de su nómina al momento de la obtención del sello. Este requisito será exigible para aquellos casos en los cuales el número de mujeres contratadas sea inferior al 50% del total de la nómina.
En caso de requerir más información, favor contactar a guillermoc@puenteasociados.com
Atentamente,
PUENTE & ASOCIADOS
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