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Proyecto de Ley al Código Orgánico del Ambiente

Ponemos en su conocimiento que el 19 de septiembre de 2024 el Pleno de la Asamblea Nacional envió al Presidente de la República Daniel Noboa el texto aprobado del Proyecto de Ley Reformatoria al Código Orgánico del Ambiente para la respectiva sanción u objeción presidencial del Proyecto de Ley.

Dentro de las reformas que se han aprobado por el Pleno de la Asamblea Nacional al Código Orgánico del Ambiente, hay varios puntos importantes que se expondrán a continuación:  

  1. Impacto Ambiental y Control de Proyectos

Las reformas al sistema de evaluación de impacto ambiental han establecido criterios más estrictos para proyectos con riesgos ambientales. Ahora se exige que los estudios sean más completos, incluyendo un diagnóstico exhaustivo de la línea base ambiental, lo que permite una evaluación más precisa de los impactos potenciales. Además, se ha introducido la obligatoriedad de pólizas de garantía para proyectos de alto riesgo, asegurando que existan fondos disponibles para cubrir daños ambientales. Este tipo de seguro es clave para que los operadores cumplan con sus responsabilidades y tomen medidas proactivas para evitar daños irreparables.

  1. Licencias Ambientales

Los proyectos que generen impactos ambientales medianos o altos requieren estudios de impacto ambiental, los cuales deben incluir la descripción del proyecto, el área afectada, impactos previstos y la metodología utilizada. Se establece la posibilidad de exigir garantías ambientales para la aprobación de estos estudios.

Se ha reforzado la responsabilidad solidaria entre el operador y los consultores que elaboran los estudios ambientales, asegurando la veracidad de la información presentada. Los consultores deberán estar acreditados y cumplir con los estándares de calidad, además de estar sujetos a estrictos controles.

En cuanto al control y seguimiento ambiental, la Autoridad Ambiental supervisará los proyectos estratégicos y, en caso de daños ambientales, intervendrá si las empresas no implementan medidas de mitigación o reparación. Esto incluye el cobro de los costos de reparación cuando sea necesario.

El nuevo marco permite que las personas o entidades reporten incumplimientos ambientales a la autoridad competente, lo que fortalece el monitoreo y cumplimiento de las normativas. Además, se prohíbe que el mismo consultor realice tanto el estudio de impacto como la primera auditoría ambiental del mismo proyecto, asegurando imparcialidad.

  1. Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental

Las reformas subrayan la necesidad de integrar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) de manera más activa en la gestión ambiental. Esto otorga a los GAD un papel más significativo, permitiéndoles asumir competencias que antes estaban centralizadas, permitiendo una respuesta más rápida y localizada a los problemas ambientales.

Además, se mejora la coordinación interinstitucional, lo que asegura una supervisión y seguimiento más efectivos entre los distintos niveles de gobierno. Esta articulación garantiza la protección de los derechos de la naturaleza y el manejo sostenible de los recursos naturales.

  1. Investigación Ambiental

El Estado ahora tiene la obligación de contar con información científica y técnica actualizada sobre biodiversidad y el ambiente. La Autoridad Ambiental Nacional deberá recopilar, actualizar y publicar estos datos en colaboración con universidades e instituciones de investigación, garantizando así que las políticas públicas ambientales estén basadas en evidencia sólida.

Uno de los cambios más importantes es la obligación de presentar un informe anual sobre el estado del ambiente, disponible para la ciudadanía y organizaciones no gubernamentales (ONG), lo que mejora la transparencia y rendición de cuentas en la gestión ambiental.

  1. Participación Ciudadana en la Gestión Ambiental

Las reformas promueven un enfoque participativo en la gestión ambiental, fortaleciendo los Consejos Consultivos Paritarios Locales y el Consejo Ciudadano Sectorial. Estos organismos permiten a los ciudadanos, organizaciones comunitarias y comunidades indígenas participar en la formulación y evaluación de las políticas ambientales, asegurando que las decisiones reflejen mejor las necesidades locales.

Esta participación garantiza que las políticas públicas respondan tanto a los intereses del gobierno como a las necesidades de la ciudadanía, promoviendo una gestión ambiental más inclusiva y colaborativa.

  1. Facultades de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales en Materia Ambiental

Los GAD provinciales adquieren nuevas responsabilidades en la protección de recursos naturales, especialmente en áreas rurales. Estas facultades incluyen la promoción de viveros y el uso de semillas nativas y endémicas, fundamentales para la preservación de la biodiversidad local.

Además, los GAD deben incluir criterios de cambio climático en sus planes de desarrollo, asegurando que sus territorios sean resilientes ante fenómenos climáticos extremos. También se establecen incentivos ambientales a nivel provincial para promover actividades productivas sostenibles.

  1. Regulación y Conservación de la Biodiversidad

La biodiversidad es ahora reconocida como un recurso estratégico del Estado. Las reformas enfatizan la gestión equitativa y participativa, permitiendo que comunidades locales, pueblos originarios, empresas y organizaciones se involucren en la protección y uso sostenible de la biodiversidad.

Se establece una responsabilidad compartida entre el Estado y las comunidades para la conservación de la biodiversidad, promoviendo un enfoque integral que considera tanto la conservación in situ como ex situ de especies en peligro.

  1. Conservación de Ecosistemas Sensibles: Páramos, Moretales y Manglares

La conservación de páramos, moretales y manglares es declarada de interés público, lo que significa que cualquier actividad que pueda afectar a estos ecosistemas estará sujeta a una estricta regulación. Se prohíbe la tala y el cambio de uso del suelo en estas áreas.

Se fomenta la asociación público-privada y comunitaria para gestionar estos ecosistemas, movilizando recursos financieros para su protección y restauración. Las comunidades ancestrales podrán solicitar la custodia y uso sostenible de los manglares, permitiendo su aprovechamiento de manera compatible con la conservación ambiental.

  1. Servicios Ambientales y Mercados de Carbono

Se crea un marco regulador para los servicios ambientales, que permitirá compensar a las personas y comunidades que contribuyan a la conservación de los ecosistemas. Los servicios incluyen la captura de carbono y la conservación de la biodiversidad.

Asimismo, se introduce el mercado de carbono, permitiendo que Ecuador participe en mercados internacionales de créditos de carbono. Estos créditos serán generados por proyectos de conservación y comercializados en mercados voluntarios y de cumplimiento, creando nuevas oportunidades de ingresos para las comunidades que participan en la conservación de bosques y manglares.

Las principales reformas introducidas en el Código Orgánico del Ambiente, tienen un enfoque en los cambios estructurales que afectan a la gestión ambiental, la participación ciudadana, la conservación de la biodiversidad, los mercados de carbono, y la regulación de impactos ambientales. Las reformas buscan mejorar la protección de los recursos naturales, promover la participación activa de las comunidades y asegurar que las políticas ambientales se adapten a los desafíos actuales, como el cambio climático y la pérdida de biodiversidad.

 

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