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PROYECTO DE LEY DE CONSULTA PREVIA, LIBRE E INFORMADA

PROYECTO DE LEY DE CONSULTA PREVIA, LIBRE E INFORMADA

Estimados clientes y amigos,

 

Ponemos en su conocimiento que, el 08 de mayo de 2024 el Presidente de la Asamblea Nacional Henry Kronfle presento el proyecto de ley de la Consulta Previa, Libre e Informada, dando cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia No. 51-23-IN de la Corte Constitucional en la que se dispuso, el plazo de un año contado desde la posesión de la Asamblea Nacional para aprobar una ley que regule la consulta previa, libre e informada en base a los estándares internacionales y la jurisprudencia emitida por la misma Corte.

 

Este proyecto de ley a pesar de tener un contenido de suma importancia aún no se encuentra calificado por el Consejo de Administración Legislativa (CAL) ni se ha asignado una comisión para revisión del proyecto de Ley hasta la presente fecha 28 de junio de 2024.

 

Puntos importantes que contiene el proyecto de ley:

  • Derecho a la Consulta Previa: Reconoce el derecho de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas a ser consultados antes de la adopción de decisiones legislativas o administrativas que puedan afectar sus tierras, territorios y recursos naturales.
  • Consentimiento Libre, Previo e Informado: Garantiza que la consulta sea realizada de manera libre, previa e informada, asegurando la participación activa y efectiva de las comunidades indígenas en el proceso de toma de decisiones.
  • Protección de Derechos Territoriales y Ambientales: Enfatiza la consulta previa en proyectos que puedan impactar negativamente las tierras y recursos naturales de las comunidades indígenas, promoviendo un desarrollo sostenible y equitativo.
  • Procedimientos y Mecanismos de Implementación: Detalla los pasos y mecanismos para llevar a cabo la consulta previa, definiendo roles y responsabilidades de las partes involucradas para asegurar transparencia y eficacia.
    1. Fase de Planificación: en esta fase, las autoridades encargadas deben identificar las comunidades indígenas potencialmente afectadas por un proyecto. Se realiza un diagnóstico preliminar para determinar el impacto potencial y se establece un cronograma de actividades para la consulta. Las comunidades son informadas sobre la naturaleza del proyecto, sus posibles impactos y el proceso de consulta. Esta fase es crucial para asegurar una base sólida y transparente, garantizando que todas las partes involucradas comprendan sus roles y responsabilidades desde el inicio.
    2. Fase de Información: Durante esta fase, se lleva a cabo una difusión detallada y accesible de la información relevante a las comunidades indígenas afectadas. Esto incluye detalles del proyecto, sus posibles impactos sociales, culturales y ambientales, así como los derechos de las comunidades en el proceso de consulta. La información debe ser presentada en el idioma y formato adecuado para asegurar su comprensión completa. Esta etapa garantiza que las comunidades tengan el conocimiento necesario para participar de manera informada en el proceso de consulta.
    3. Fase de Deliberación: En esta fase, se realizan reuniones y talleres participativos con las comunidades indígenas para discutir el proyecto y sus posibles impactos. Se recoge el feedback de las comunidades, permitiéndoles expresar sus preocupaciones, sugerencias y propuestas. Las autoridades deben documentar todas las opiniones y asegurar que se consideren en la toma de decisiones. Esta fase es esencial para asegurar que las comunidades tengan una influencia real en el desarrollo del proyecto y sus decisiones.
    4. Fase de Decisión: Finalmente, las autoridades y las comunidades analizan conjuntamente los resultados de la fase de deliberación. Se buscan acuerdos y consensos sobre las medidas a tomar respecto al proyecto. Si no se logra un consenso, las autoridades deben justificar las decisiones tomadas y garantizar que se respeten los derechos de las comunidades indígenas. Esta fase culmina con la emisión de un informe final que recoge todas las opiniones, decisiones y acuerdos alcanzados durante el proceso de consulta. La transparencia y la rendición de cuentas son clave en esta etapa para asegurar la legitimidad del proceso.
  • Sanciones por Incumplimiento: Establece sanciones claras y efectivas para casos de incumplimiento por parte de empresas y autoridades gubernamentales, asegurando que la consulta previa sea un proceso riguroso y respetado.
  • Capacitación y Fortalecimiento de Capacidades: Incluye programas de capacitación para las comunidades indígenas y funcionarios encargados de la consulta, garantizando que todas las partes comprendan sus derechos y deberes.
  • Evaluación y Seguimiento: Crea mecanismos de evaluación y seguimiento continuo para medir la efectividad de la ley y realizar ajustes necesarios, incluyendo la participación de observadores independientes y auditorías periódicas.

Para acceder al proyecto de ley dar clic en el siguiente enlace:

https://ppless.asambleanacional.gob.ec/alfresco/d/d/workspace/SpacesStore/0575a9be-81cd-4cf2-9fdb-7d207fa39b22/448048-kronfle.pdf

 

Para PUENTE & ASOCIADOS Estudio Jurídico es un gusto mantenerlo informado y ofrecerle los servicios legales derivados de esta Circular, puede contactar a elisam@puenteasociados.com

Atentamente,

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