Obligaciones legales junio 2025
Atentos a sus necesidades, ponemos en su conocimiento las principales obligaciones de carácter legal que corresponden al mes de junio 2025.
TRIBUTARIO
PRESENTACIÓN DEL ANEXO DE FIDEICOMISOS MERCANTILES, FONDOS DE INVERSIÓN Y FONDOS COMPLEMENTARIOS (AFIC)
- Entre el 10 y el 28 de junio, conforme al noveno dígito del RUC, los fideicomisos mercantiles, fondos de inversión y fondos complementarios —ya sean públicos, privados o mixtos— están obligados a presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) el Anexo AFIC. Este documento debe contener información sobre las operaciones administrativas, operativas y financieras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2024
PRESENTACIÓN DEL ANEXO DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS (OPRE) E INFORME INTEGRAL DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA (IPT)
- Entre el 10 y el 28 de junio, conforme al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), los sujetos pasivos que hubieren realizado operaciones con partes relacionadas, nacionales y/o extranjeras, durante el ejercicio fiscal 2024, por montos acumulados que superen los USD 3 millones y USD 10 millones, respectivamente, estarán obligados a presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) el Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas (OPRE) y el Informe Integral de Precios de Transferencia (IPT), en cumplimiento de la normativa tributaria vigente.
ENTREGA DEL INFORME DE AUDITORÍA EXTERNA A INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR (IES)
- Hasta el 30 de junio, las Instituciones de Educación Superior (IES) deberán remitir al Consejo de Educación Superior (CES) el informe anual de auditoría externa, el cual deberá ser elaborado por una firma debidamente calificada y contar con la aprobación previa del órgano colegiado superior de la respectiva institución, en observancia de las disposiciones establecidas en la normativa aplicable.
DECLARACIÓN DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
- Durante el mes de junio, en función del noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), los sujetos pasivos del impuesto deberán presentar ante la Administración Tributaria la declaración del Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondiente al periodo fiscal de mayo de 2025, mediante la utilización del Formulario 104, conforme a lo dispuesto en la normativa tributaria vigente.
PRESENTACIÓN DEL ANEXO TRANSACCIONAL SIMPLIFICADO (ATS)
- Durante el mes de junio, de conformidad con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC), los sujetos pasivos obligados deberán presentar ante la Administración Tributaria el Anexo Transaccional Simplificado (ATS), correspondiente al periodo fiscal de abril de 2025, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la normativa tributaria aplicable.
EMPRESARIALES- SOCIETARIAS
TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN AL REGISTRO DE DATOS CREDITICIOS
- Hasta el 10 de junio, las compañías sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) que efectúen operaciones de venta a crédito deberán realizar la transferencia correspondiente de dicha información al Registro de Datos Crediticios, administrado por el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, en cumplimiento de la normativa vigente.
Pago del Impuesto Predial Urbano
– Hasta el 15 de junio: El pago del impuesto predial urbano podrá efectuarse con un descuento del 2%.
– Del 16 al 30 de junio: El contribuyente podrá beneficiarse de un descuento del 1% sobre el valor del impuesto.
LABORALES
TRANSFERENCIA D EINFORMACIÓN AL REGISTRO DE DATOS CREDITICIOS
- Hasta el 10 de junio, las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) que realicen ventas a crédito deberán efectuar la transferencia correspondiente de dicha información al Registro de Datos Crediticios, administrado por el Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos (SINARDAP), en observancia de la normativa legal vigente.
ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN DE CALIDAD DE SUSTITUTO
- Hasta el 30 de junio, los trabajadores en relación de dependencia que no hubieren presentado hasta el 15 de enero el documento que acredite su condición de persona con discapacidad o de sustituto, deberán entregarlo a su empleador, a fin de acogerse a la exoneración del Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en la normativa tributaria vigente.
Atentamente,
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