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obligaciones legales febrero 2024

Obligaciones legales febrero 2024

Estimados clientes y amigos,

 

Atentos a sus necesidades, ponemos en su conocimiento las principales obligaciones de carácter legal que corresponden al mes de febrero de 2024.

 

TRIBUTARIO

 Presentación ante el SRI del Anexo de Participes y Socios (APS)

  • Esta obligación se declara de acuerdo con el 9no dígito del RUC.
  • las sociedades, sucursales de sociedades extranjeras residentes en el Ecuador y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes, deberán presentar ante el SRI el APS con corte a diciembre 31 de 2023.
  • Esta obligación podrá declararse desde el 10 de febrero hasta el 28 de febrero.

 

Pago de autorretención de impuesto a la renta

  • Esta obligación se declara de acuerdo con el 9no. dígito del número de cédula o RUC.
  • Las sociedades calificadas como grandes contribuyentes deberán declarar y pagar la autorretención de impuesto a la renta sobre la totalidad de sus ingresos gravados, en función de la tasa impositiva efectiva determinada por el SRI.
  • Esta obligación podrá declararse desde el 10 de febrero hasta el 28 de febrero.

 

 SOCIETARIO

 

Reportar Información sobre ventas a crédito

  • Las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS), que dentro de sus actividades realicen este tipo de operaciones, con o sin intereses deberán transferir al Registro de Datos Crediticios que forman parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos, la información sobre ventas a crédito.
  • Esta obligación podrá ser cumplida hasta el 10 de febrero.

 

Presentación de información ante la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros (SCVS)

  • Las sociedades anónimas o de responsabilidad limitada nacionales, que tengan sociedades extranjeras que sean accionistas, deberán presentar la información de las sociedades extranjeras accionistas ante la SCVS.
  • Esta obligación podrá ser cumplida hasta el 29 de febrero.

 

LABORAL

 

Registro de la decimotercera remuneración

  • Los empleadores cuyo noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía sea 6,7,8,9,0 deberán registrar ante el Ministerio del Trabajo el pago de la decimotercera remuneración por el año 2023.

Esta obligación debe cumplirse entre el 6 de febrero hasta el 6 de marzo de 2024.

Atentamente,

 

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Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.