Obligaciones legales Enero 2022
Estimados clientes y amigos,
Atentos a sus necesidades, ponemos en su conocimiento las principales obligaciones de carácter legal que corresponden al mes de enero de 2022.
TRIBUTARIO
-ANEXO REPORTE DE OPERACIONES Y TRANSACCIONES ECONÓMICAS Y FINANCIERAS
Las instituciones del sistema financiero privado, que se encuentren bajo el control de la Superintendencia de Bancos, deberán presentar este anexo con las operaciones o transacciones económicas realizadas a nombre de sus clientes a través de cualquier medio o mecanismo de pago.
-DECLARACIÓN DE IVA SEMESTRAL
- Los sujetos pasivos que se dediquen exclusivamente a la transferencia de bienes
- Los sujetos pasivos que tengan retención total del IVA causado
LABORAL
-PAGO DE APORTES AL INSTITUTO ECUATORIANO DE SEGURIDAD SOCIAL (IESS): Correspondiente a diciembre 2021, el cual se debe realizar hasta el 15 de enero de 2022.
-REMITIR INFORMACIÓN DE TRABAJADORES – ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS
Hasta el 31 de enero, las compañías que realizan actividades complementarias deberán remitir la nómina de los trabajadores y extrabajadores, con fecha de inicio de las labores de la empresa usuaria, los días trabajados y el número de cargas familiares.
SOCIETARIO
-PAGO DE CONTRIBUCIONES A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS
En el caso que se haya pagado el 50% de la contribución anual a la superintendencia de compañías, valores y seguros hasta septiembre, la diferencia se podrá cancelar hasta el 31 de diciembre de 2022, sin ningún tipo de recargo ni autorización.[1]
-PRESENTACIÓN DE NÓMINA DE COMPAÑÍAS EXTRANJERAS:
Las personas jurídicas nacionales que cuenten con socios o accionistas extranjeras están obligadas a presentar a la Superintendencia de Compañía, Valores y Seguros, durante el mes de enero, los siguientes documentos:
- Nómina de las sociedades extranjeras que figuren como socias o accionistas de la compañía ecuatoriana, con su razón social, nacionalidad, domicilio, teléfono y correo electrónico. Formato digitalizado.
- Certificación emitida por la autoridad competente del país de origen, que acredite que existe legalmente en dicho país extranjero, debidamente apostillada o legalizada ante Cónsul del Ecuador.
- Las sociedades extranjeras que sean socios o accionistas de la compañía ecuatoriana, que no tengan un domicilio permanente en el país, deberán designar un apoderado.
-PRESTACIÓN DE REPORTES DE OBLIGACIONISTAS
Las compañías colocadoras de obligaciones y papel comercial deben presentar en enero el reporte de representantes de obligacionistas a al Superintendencia de Companías, Valores y Seguros.
OBLIGACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES
-MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO Y OTRAS MUNICIPALIDADES
Renovación de la licencia Metropolitana Única para el ejercicio de actividades económicas (LUAE), y la patente de funcionamiento y permiso de bomberos para el caso de otros municipios donde las sociedades tengan actividades económicas.
Pago de impuesto predial con descuento (el descuento aplica hasta junio)
Atentamente,
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Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.
[1] Ley de Compañías. Artículo 449