Obligaciones Legales – Diciembre 2019
Estimados clientes y amigos,
Atentos a sus necesidades, ponemos en su conocimiento las principales obligaciones de carácter legal que corresponden al mes de diciembre de 2019.
LABORAL
DECIMA TERCERA REMUNERACIÓN:
Los trabajadores tienen derecho a que sus empleadores les paguen mensualmente, la parte proporcional a la doceava parte de las remuneraciones que perciban durante el año calendario.
Sin embargo, a petición del trabajador, este podrá recibir dicho valor de forma acumulada hasta el 24 de diciembre de cada año.[1]
SOCIETARIO
PAGO SEGUNDA CUOTA DE CONTRIBUCIÓN A LA SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS. Las compañías que han pagado por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de la contribución hasta el 30 de septiembre, pagarán sin recargo la segunda cuota de contribución hasta el 31 de diciembre.[2]
LAS SOCIEDADES EXTRANJERAS ACCIONISTAS O SOCIAS DE COMPAÑÍAS ECUATORIANAS
Dichas sociedades deberán presentar a la compañía ecuatoriana, durante el mes de diciembre, una certificación extendida por la autoridad competente del país de origen en la que se acredite que la sociedad en cuestión se encuentra legalmente existente en dicho país, y una lista completa de todos sus socios, accionistas o miembros suscrita y certificada ante Notario Público. Estos documentos deberán estar apostillados o autenticados por Cónsul ecuatoriano.[3]
Atentamente,
Ab. Geovanna Puente
PUENTE & ASOCIADOS
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[1] Art. 111 Código del Trabajo.
[2] Art.9 Reglamento de determinación y recaudación de contribuciones societarias.
[3] Art. Innumerado posterior al Art. 221 Ley de Compañías.