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Obligaciones legales abril 2025

Atentos a sus necesidades, ponemos en su conocimiento las principales obligaciones de carácter legal que corresponden al mes de abril de 2025.

TRIBUTARIO

DECLARACIÓN ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA SOCIEDADES

  • Las empresas que no están clasificadas como contribuyentes especiales deberán presentar su declaración anual del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024 entre el 10 y el 28 de abril de 2025, de acuerdo con el último dígito de su RUC. Por otro lado, las sociedades consideradas contribuyentes especiales tienen plazo hasta el 11 de abril de 2025 para cumplir con esta obligación tributaria.

PAGO DEL IMPUESTO A LOS PREDIOS URBANOS

  • Las personas que realicen el pago del impuesto predial urbano en la municipalidad donde se ubica el inmueble hasta el 15 de abril de 2025 recibirán un descuento del 4%. Quienes lo hagan entre el 16 y el 30 de abril obtendrán un descuento del 3%.

PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES ESPECIALES CONTRIBUYENTES

  • Los contribuyentes especiales tienen plazo hasta el 11 de abril de 2025 para presentar sus declaraciones tributarias. En caso de que la fecha límite coincida con un fin de semana o feriado, la declaración podrá efectuarse el siguiente día hábil, siempre que no se cruce al mes siguiente. De lo contrario, el plazo se anticipará al último día laborable del mes correspondiente.

LABORALES

ENTREGA DE UTILIDADES A EMPRESAS DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS

  • Las empresas usuarias tienen plazo hasta el 10 de abril de 2025 para calcular y transferir a la empresa de actividades complementarias las utilidades correspondientes a los trabajadores que prestaron servicios directos durante el ejercicio fiscal 2024. Para ello, deberán considerar la nómina tanto de sus propios trabajadores y extrabajadores como la de aquellos pertenecientes a las empresas de actividades complementarias.

REGISTRO DEL PAGO DE UTILIDADES

  • Entre el 20 de abril y el 21 de mayo de 2025, los empleadores cuyo noveno dígito del RUC o de la cédula de ciudadanía sea 1, 2, 3, 4 o 5 deberán registrar ante el Ministerio del Trabajo (MDT) el pago de utilidades realizadas a los trabajadores en relación de dependencia.

 

Atentamente,

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Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.