IMPUESTO A LA RENTA – MICROEMPRESAS
IMPUESTO A LA RENTA – MICROEMPRESAS
Estimados clientes y amigos,
Cumplimos en informar sobre la reciente reforma1 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y su contenido:
1. Los sujetos pasivos que, hasta el 31 de enero de 2021, hayan formado parte del Régimen Impositivo para las Microempresas según el catastro del SRI, y que en el ejercicio fiscal 2020 no reporten utilidad, podrán pagar el impuesto hasta el mes de noviembre de este año.
Aquellos pagos por concepto de intereses y multas, efectuados antes de esta reforma, no darán lugar a reclamos por pago indebido.
2. Además, el Impuesto del Ejercicio Fiscal del 2021, que se debe declarar en julio de 2021 y enero de 2022, se podrá pagar hasta marzo de 2022.
Opinión: consideramos esta reforma es totalmente beneficiosa para los emprendedores, quienes necesitan más apoyo para consolidar sus negocios y requieren un esquema simplificado para reducir la carga operativa con el Servicio de Rentas Internas. Sin embargo, la disposición se emite a destiempo puesto que gran cantidad de contribuyentes, haciendo los esfuerzos del caso, ya habían cumplido con el pago del impuesto a la renta previsto para enero y febrero 2021.
Cualquier duda o inquietud, respecto a este tema estamos prestos para atenderle al correo electrónico secretaria@puenteasociados.com