Implementación y Cumplimiento de la Ley de Salud Mental en Ecuador
Estimados clientes y amigos,
Ponemos en su conocimiento que, el pasado 5 de enero de 2024, fue promulgada la «Ley Orgánica de Salud Mental», la cual ha sido publicada en el Registro Oficial Primer Suplemento 471. Esta ley establece un marco legal para la salud mental, con el propósito de promover, regular y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la salud mental de todas las personas a lo largo de su ciclo de vida. Esta normativa, cuyo cumplimiento es obligatorio para todas las instituciones de salud y profesionales del sector, busca asegurar el bienestar y la inclusión de aquellos individuos que enfrentan desafíos en su salud mental.
La mencionada ley reconoce la salud mental como parte integral de la atención de salud, impulsando la consolidación de una política nacional en este ámbito. Además, busca priorizar la prevención integral con la participación de diversos sectores y la comunidad en general, promoviendo el bienestar mental, la prevención de trastornos, y garantizando el ejercicio pleno de los derechos humanos. Algunos de los aspectos clave de esta legislación incluyen:
Derecho a la igualdad y no discriminación: Se prohíbe cualquier forma de discriminación basada en la salud mental, garantizando la igualdad de oportunidades para todas las personas, independientemente de su condición mental.
1.-Acceso a servicios de salud mental: La ley asegura el acceso oportuno y adecuado a servicios de salud mental de calidad, con énfasis en la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.
2.-Confidencialidad y consentimiento informado: Se establecen mecanismos para proteger la confidencialidad de la información relacionada con la salud mental de las personas y se enfatiza la importancia del consentimiento informado en los procedimientos médicos.
3.-Participación y empoderamiento: Se fomenta la participación activa de las personas con trastornos mentales en las decisiones relacionadas con su tratamiento, promoviendo su empoderamiento y autonomía.
4.-Prevención del estigma y la discriminación: La legislación aborda la necesidad de sensibilizar a la sociedad para prevenir el estigma y la discriminación asociados a los trastornos mentales.
Esta ley es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, abarcando a todas las personas, instituciones y establecimientos, tanto públicos como privados.
Fuente: Registro Oficial N° 471 viernes, 05 de enero de 2024.
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