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decreto ejecutivo 256

DECRETO EJECUTIVO N° 256

DECRETO EJECUTIVO N° 256

 

 

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El día 08 de mayo de 2024 el Presidente de la Republica Daniel Noboa expidió el Decreto Ejecutivo N° 256, en el que se decreta escindir la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables (ARCERNNR) creada en el 2020 por el Presidente Lenin Moreno, en el marco del plan de optimización del tamaño del Estado.

 

  1. Entre los considerandos del Decreto es importante destacar:

“…Que es necesario fortalecer a las instituciones del Estado, mediante políticas de gobernabilidad, con una estructura adecuada y altamente eficaz, brindando la institucionalidad suficiente que le permita cumplir a cabalidad las facultades de regulación y control sectorial, previstas en al Constitución de la República, la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, Ley de Hidrocarburos, Ley de Minería y Ley Orgánica de Competitividad Energética;”

“Que se requiere cumplir con los procesos y mecanismos que trasciendan en el cumplimiento de los principios de eficiencia, eficacia y calidad que instituye a la Función Ejecutiva;…”

 

  1. El Decreto Ejecutivo N° 256 crea tres agencias que ya existían anteriormente:
  2. Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM)
  3. Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL)
  • Agencia de Regulación y Control de Hidrocarburos (ARCH)

 

  1. Estas funcionaran como organismos técnicos administrativos encargados de la potestad estatal de regular y controlar las actividades relacionas con el sector minero, eléctrico e hidrocarburífero, en su respectivo orden.

 

  1. Las atribuciones, funciones, programas, proyectos, representaciones y delegaciones constantes en leyes y demás normativa vigente que le correspondía a la ARCERNNR, serán asumidas por cada agencia considerando las atribuciones otorgadas por cada una de las leyes referentes a la materia.

 

  1. El Directorio de las nuevas Agencias, se conformarán por:
    1. El Ministro rector del ramo o su delegado permanente;
    2. Un delegado permanente del Presidente de la Republica; y,
    3. Secretario Nacional de Planificación o su delegado permanente.

 

  1. Los Directores Ejecutivos de las nuevas Agencias actuaran como Secretarios de los Directorios, se encargaran de la representación legal, judicial y extrajudicial, serán de libre nombramiento y remoción, designados por los Directorios de cada Agencia.

 

  1. Los procesos para la escisión de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables y el funcionamiento de las nuevas Agencias de Regulación deberán realizarse en un plazo máximo de tres meses.

 

  1. La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables mantendrá su personalidad y personería jurídica mientras transcurra el plazo de tres meses, vencido este plazo quedará extinta de pleno derecho por el funcionamiento de las nuevas Agencias.

 

  1. Mientras dure el proceso de escisión el Directorio de la ARCERNNR estará conformado de la siguiente manera:

 

  1. Ministro de Energía y Minas;
  2. Profesional delegado del Presidente de la Republica; y,
  3. Secretario Nacional de Planificación.

 

  1. En el plazo de un mes la Secretaria Técnica de Gestión Inmobiliaria del Sector Publico realizara la gestión necesaria para la búsqueda de espacios públicos que se acoplen a la necesidad institucional para el efectivo cumplimiento de las tres Agencias a nivel nacional.

 

  1. La ARCERNNR dentro del plazo de dos meses, emitirá un informe respecto del estado situacional con que se realiza la escisión.

 

Para acceder al Decreto Ejecutivo N° 256 haga clic en el siguiente enlace: https://heyzine.com/flip-book/926286bd56.html

 

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