Visa de residencia temporal andina
Estimados clientes y amigos,
A partir de Abril de 2023, el Estatuto Migratorio Andino, (Decisión 878) ha entrando en vigencia en Ecuador. Dicho norma establece el derecho a los ciudadanos de la Comunidad Andina de Naciones CAN a establecer la residencia temporal o permanente. Para la Residencia Temporal Andina, los ciudadanos de la CAN pueden permanecer hasta por dos años en el territorio de un país miembro distinto al de su nacionalidad, podrá gestionarse en la sede consular del país donde resida o, si está en Ecuador, se deberá gestionar ante la autoridad migratoria competente.
Si después de dos años de residencia temporal se desea obtener la residencia permanente del Estatuto Migratorio Andino, este tendrá que ser solicitada 90 días previos a su caducidad.
Tanto la visa de residencia temporal y permanente son gratuitas, únicamente se deberá costear el valor del formulario de solicitud, el cual es de USD $ 50. De igual forma, ambas visas permiten realizar cualquier actividad económica, conforme la legislación ecuatoriana.
Los requisitos de obtención de la visa de residencia temporal andina son los siguientes:
- Pasaporte válido y con un periodo de vigencia mínimo de seis (6) meses.
- Formulario de solicitud de visa de residencia andina.
- Pago de la tasa retributiva de servicios.
- Manifestación escrita del propósito de establecer su residencia temporal.
- Fotografía a color en formato JPG máximo de un MB, 5 x 5 cms.
Puente y Asociados brinda una asesoría completa respecto del proceso de obtención de Visa de Residencia Andina, por lo que en caso de requerir más información, favor contactarse al correo: gpuente@puenteasociados.com
Atentamente,
PUENTE & ASOCIADOS
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