Circular – Nuevo Protocolo para Salvoconductos
Estimados clientes y amigos,
A continuación, detallamos las disposiciones relevantes del nuevo protocolo, emitido tras el anuncio de la ministra María Paula Romo respecto al cambio de lineamientos de uso y control de este documento.
1. Las CADENAS DE PRODUCCIÓN requieren salvoconducto pese a que anteriormente estaban exentas de generar este documento, y era la principal característica que las diferenciaba de sus cadenas conexas (proveedores).
Para efectos del control detallamos los documentos que deberán portar para justificar su circulación en horario de toque de queda y por último dígito de placa.
EMPRESAS PRIVADAS:
- Salvoconducto
- Cédula de identidad
- Matrícula del vehículo
- Carnet o credencial
- Guía de Remisión de ser caso
PERSONAS NATURALES:
- Salvoconducto
- Cédula de identidad
- Matrícula del vehículo
- Carnet, credencial, copia de RUC O RISE o certificado de la empresa a quien presta el servicio
- Guía de Remisión de ser el caso
- AGRICULTORES, PECUARIOS Y TRABAJADORES DE FINCAS no requieren salvoconducto, deben presentar su cédula de ciudadanía o de identidad.
- Por otro lado, se generan restricciones de horario y cantidad de ocupantes según el tipo de vehículo:
- Por otro lado, se generan restricciones de horario y cantidad de ocupantes según el tipo de vehículo:
4. Se informa que las LICENCIAS y MATRÍCULAS que se caduquen durante la emergencia pública sanitaria, serán válidas.
5. En cuanto al régimen de SANCIONES señala:
- La falsificación de salvoconducto será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
- El circular sin salvoconducto conlleva al retiro del vehículo y multa económica.
- Las personas que han sido sancionadas por mal uso del salvoconducto con multa, retiro del vehículo o detención, NO PODRÁN SACAR OTRO SALVOCONDUCTO.
Cabe señalar las autoridades podrán modificar en cualquier momento estas disposiciones. - *Esta información sujeta a modificación.
En caso de inquietudes o requerir información actualizada pueden contactar a
gpuente@puenteasociados.com
Atentamente,
Puente & Asociados
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