Circular No. 388 | DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA POR ENAJENACIÓN DE ACCIONES, PARTICIPACIONES Y OTROS DERECHOS SIMILARES
Estimados clientes y amigos:
Ponemos en su conocimiento las siguientes reformas[1] a las normas para la declaración y pago del impuesto a la renta único a la utilidad en la enajenación de acciones, participaciones, otros derechos representativos de capital u otros derechos que permitan la exploración, explotación, conexión o similares:
- En adelante el “formulario 119” se identifica como “formulario de declaración de enajenación de derechos representativos de capital y derechos de concesión y similares”
- La declaración de acumulación y reliquidación debe ser presentada en enero del ejercicio fiscal siguiente al que se realizaron las enajenaciones, atendiendo al 9 no dígito del número del RUC de acuerdo a la tabla que consta en la resolución reformada.
- A partir del 01 de agosto del 2019, la presentación del formulario se realizará únicamente en línea.
Atentamente,
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Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.
[1] Registro Oficial Suplemento No. 6 de 29 de Julio del 2019