Circular – Exoneración del ICE en fundas plásticas
Estimados clientes y amigos,
Informamos que mediante Acuerdo Ministerial MPCEIP-DMPCEIP-2020-0050[1] el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca estableció los requisitos que deben cumplir las empresas recicladores, fabricantes e importadores de fundas plásticas tipo acarreo o camiseta que contengan al menos el 50% de material reciclado post consumo en su composición o sean biodegradables y compostables para obtener un certificado para la exoneración del impuesto especial ICE.
Esta norma determina los requisitos para el registro de estas compañías, así como el procedimiento de verificación y control de composición de fundas plásticas.
El Certificado en mención tendrá vigencia de 6 meses y podrá renovarse 15 días antes de su vencimiento.
Además, establece situaciones puntuales en las cuales el certificado puede ser suspendido o cancelado.
Para PUENTE & ASOCIADOS Estudio Jurídico es un gusto mantenerlo informado y ofrecerle los servicios legales derivados de la información que se remite.
[1] Publicado en el Registro Oficial No. 207 del 20 de mayo del 2020.