Boletín legal

Boletín legal – Diciembre 2019


FUNCIÓN LEGISLATIVA

ASAMBLEA NACIONAL DEL ECUADOR

Se expide la Ley Reformatoria a la Ley de Compañías.

Para conocer los aspectos más importantes de esta reforma remitirse a CIRCULAR No 402 | REFORMA A LA LEY DE COMPAÑIAS

Fuente: Registro Oficial 100 Primer Suplemento de 13 de diciembre de 2019.

Se expide la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal.

Fuente: Registro Oficial 107 Primer Suplemento de 24 de diciembre de 2019.

Se expide la Ley Orgánica de Simplificación y Progresividad Tributaria

Para conocer los aspectos más importantes de esta ley remitirse a CIRCULAR | LEY DE SIMPLIFICACIÓN Y PROGRESIVIDAD TRIBUTARIA

Fuente: Registro Oficial 111 Primer Suplemento de 31 de diciembre de 2019.

MINISTERIO DE TRABAJO

A partir del 1 de enero de 2020 el salario básico unificado para el trabajador en general es USD$400,00 dólares de los Estados Unidos de América.

Fuente: Acuerdo Ministerial 394 Ministerio de Trabajo.

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS, VALORES Y SEGUROS

Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2019-020 Normas de prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos. Regula las políticas, procedimientos y los mecanismos para prevenir el lavado de activos, que deberán observar los sujetos obligados o compañías reguladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que se dediquen a las actividades establecidas en el artículo 5 de la Ley de Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.[1]


Fuente: Registro Oficial 96 Segundo Suplemento de 09 de diciembre de 2019.

Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2019-021 Instructivo sobre Sociedades Mercantiles de Beneficio o Interés Colectivo. Cualquier sociedad sujeta al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, de manera voluntaria, podrá adoptar la calidad de Sociedad de Beneficio o Interés Colectivo, sin que implique cambio de especie de la sociedad o creación de un nuevo tipo societario.


Las compañías que adopten dicha calidad deberán reformar sus estatutos, incorporando en el objeto social las actividades concretas, a través de las cuales se van a cumplir con la obligación de generar un impacto social o medioambiental positivo.  

Dichas actividades podrán abarcar las siguientes áreas de impacto: gobernanza, capital laboral, comunidad, clientes y medio ambiente.

Fuente: Registro Oficial 107 de 24 de diciembre de 2019.

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000063 Se actualiza los rangos de tablas establecidas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos para el periodo fiscal 2020.

Para conocer los rangos remitirse a CIRCULAR | TABLAS DEL IMPUESTO A LA RENTA 2020

Fuente: Registro Oficial 108 Primer Suplemento de 26 de diciembre de 2019.

MINISTERIO DE TURISMO

Acuerdo Ministerial No. 2019-051 se expide la norma que regula la declaración de la contribución del uno por mil sobre el valor de activos fijos que deberán pagar anualmente todos los establecimientos prestadores de servicios al turismo.

Fuente: Registro Oficial 92 de 02 de diciembre de 2019.

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA

SUBSECRETARÍA DE CALIDAD

Se aprueba y oficializa con carácter de voluntaria la normas técnicas ecuatorianas NTE INEN 2223 (Productos derivados de petróleo. Combustible para motores de dos tiempos. Requisitos.)

Fuente: Registro Oficial 103 de 18 de diciembre de 2019.


[1] No incluye a las Bolsas de Valores, Casas de Valores y Administradoras de Fondos y Fideicomisos, ni a las compañías de seguro privado.


Para PUENTE & ASOCIADOS Estudio Jurídico será un gusto atender todas sus consultas y requerimientos, para lo cual le solicitamos se sirva comunicar al email o a los números telefónicos de nuestras oficinas.

Este documento es de carácter informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.

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