BOLETÍN LEGAL AGOSTO 2019
MINISTERIO DEL TRABAJO
Reforma Acuerdo
Ministerial No. MDT-2018-0219 Se modifican las normas que regulan la
aplicación y procedimiento de autorización de horarios especiales.
Ministerial No. MDT-2018-0219 Se modifican las normas que regulan la
aplicación y procedimiento de autorización de horarios especiales.
Para
conocer los aspectos más importantes de esta reforma remitirse a CIRCULAR No. P&A
392 AUTORIZACIÓN DE HORARIOS ESPECIALES DE TRABAJO.
conocer los aspectos más importantes de esta reforma remitirse a CIRCULAR No. P&A
392 AUTORIZACIÓN DE HORARIOS ESPECIALES DE TRABAJO.
Fuente: Registro Oficial 11
Suplemento (1), del 5 de Agosto de 2019.
Suplemento (1), del 5 de Agosto de 2019.
Instructivo para
el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneración
a la que tienen derecho las personas trabajadoras y ex trabajadoras por parte
del empleador; valores que no serán considerados como parte de la remuneración.
el pago y registro de la decimotercera y decimocuarta remuneración
a la que tienen derecho las personas trabajadoras y ex trabajadoras por parte
del empleador; valores que no serán considerados como parte de la remuneración.
Para
el cálculo de estos, se considerará el periodo anual de 360 días, incluyendo el
periodo de vacaciones y la jornada laboral mensual de 30 días, equivalente a
240 horas.
el cálculo de estos, se considerará el periodo anual de 360 días, incluyendo el
periodo de vacaciones y la jornada laboral mensual de 30 días, equivalente a
240 horas.
Para
conocer más en detalle acerca de este instructivo remitirse a CIRCULAR No. P&A
393 PAGO Y REGISTRO DE LA DECIMOTERCERA Y DECIMOCUARTA REMUNERACIÓN.
conocer más en detalle acerca de este instructivo remitirse a CIRCULAR No. P&A
393 PAGO Y REGISTRO DE LA DECIMOTERCERA Y DECIMOCUARTA REMUNERACIÓN.
Fuente: Registro Oficial 11
Suplemento (1), del 5 de Agosto de 2019.
Suplemento (1), del 5 de Agosto de 2019.
Acuerdo
Interministerial 00003-2019 (Ministerio del Trabajo-Ministerio de Salud) Instructivo
“Adecuación y Uso de las salas de apoyo a la lactancia materna en las empresas
del sector privado” Siendo de cumplimiento obligatorio para los
empleadores del sector privado, que tengan bajo su dependencia al menos a una
persona en periodo de lactancia.
Interministerial 00003-2019 (Ministerio del Trabajo-Ministerio de Salud) Instructivo
“Adecuación y Uso de las salas de apoyo a la lactancia materna en las empresas
del sector privado” Siendo de cumplimiento obligatorio para los
empleadores del sector privado, que tengan bajo su dependencia al menos a una
persona en periodo de lactancia.
Para
conocer los aspectos relevantes de este instructivo dirigirse a CIRCULAR No. 393
INSTRUCTIVO PARA LAS SALAS DE LACTANCIA EN EL SECTOR PRIVADO.
conocer los aspectos relevantes de este instructivo dirigirse a CIRCULAR No. 393
INSTRUCTIVO PARA LAS SALAS DE LACTANCIA EN EL SECTOR PRIVADO.
Fuente: Registro Oficial Edición
Especial 33, del 15 de Agosto de 2019.
Especial 33, del 15 de Agosto de 2019.
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Resolución No.
NAC-DGERCGC19-00000036 Procedimiento de devolución del 50% del Impuesto al
Valor Agregado (I.V.A) pagado por las sociedades que se dediquen
exclusivamente a la producción de audiovisuales, producción de videos
musicales, telenovelas, series, miniseries, reality shows, televisivas o en
plataformas de internet o producciones cinematográficas, que efectúen sus
rodajes en Ecuador.
NAC-DGERCGC19-00000036 Procedimiento de devolución del 50% del Impuesto al
Valor Agregado (I.V.A) pagado por las sociedades que se dediquen
exclusivamente a la producción de audiovisuales, producción de videos
musicales, telenovelas, series, miniseries, reality shows, televisivas o en
plataformas de internet o producciones cinematográficas, que efectúen sus
rodajes en Ecuador.
Considerándose
el I.V.A pagado en las compras locales e importaciones de bienes y servicios,
incurridas en los gastos de desarrollo, pre-producción y post-producción,
relacionadas directa y exclusivamente con la producción de las obras señaladas
anteriormente, que se realicen a partir del 21 de agosto de 2018.
el I.V.A pagado en las compras locales e importaciones de bienes y servicios,
incurridas en los gastos de desarrollo, pre-producción y post-producción,
relacionadas directa y exclusivamente con la producción de las obras señaladas
anteriormente, que se realicen a partir del 21 de agosto de 2018.
Fuente: Registro Oficial 15, del
12 de Agosto de 2019.
12 de Agosto de 2019.
Para PUENTE & ASOCIADOS Estudio Jurídico será
un gusto atender todas sus consultas y requerimientos, para lo cual le solicitamos
se sirva comunicar al email o a los números telefónicos de nuestras oficinas.
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se sirva comunicar al email o a los números telefónicos de nuestras oficinas.
Este documento es de carácter
informativo, no constituye una opinión legal o criterio de Puente & Asociados, ni sus miembros.
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